Por Oscar Verdín Camacho
En abril reciente, el Juzgado Tercero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic, efectuó una audiencia constitucional a propósito de una persona que en el 2021 solicitó la protección de la justicia federal por un padecimiento de salud y que, lamentablemente, murió a los pocos meses.
Aunque en el transcurso del juicio se anexó la respectiva acta de defunción, refiriendo complicaciones a causa del Covid-19, “sin embargo, ello no es obstáculo para emitir la siguiente resolución”, explica la sentencia del juez Javier Arturo Herrejón Cedeño.
En su momento, el amparista se quejaba que autoridades de una institución de salud fueron omisas en darle seguimiento de manera inmediata a su padecimiento de insuficiencia renal, frente a lo cual, por el contrario se respondió que sí se le brindaba atención conforme a su patología y de acuerdo a las capacidades, por lo que en ningún momento se le había negado la atención médica.
Como fue advertido, dado que el quejoso falleció e impugnaba actos que solo afectaban a su persona, el asunto ha sobreseído.
La resolución, aun cuando el quejoso murió, pareciera en atención por la demanda de mejoría médica, un tema que se agudiza cada vez más en el país.
* Esta información es publicada con autorización de su autor. Oscar Verdín Camacho publica sus notas en www.relatosnayarit.com