Por José Luis Olimón Nolasco
En una colaboración previa —inesperada e inusualmente difundida—, a propósito de la partida del Programa Académico de Filosofía de la UAN de Martha de la Rosa y de Isaías Hernández, expresaba mi lamento indignado y manifestaba mi admiración [con una dosis de envidia] por la valentía de una decisión tomada ante una serie de medidas tomadas por la presente administración de la UAN en tiempos recientes: la supresión de prestaciones; el cambio de modalidad ante el IMSS; la introducción de métodos que requieren datos biométricos para el registro de asistencia; la obligación de permanencia en el campus universitario de acuerdo a la categoría que se tiene y el Acuerdo emitido por el Consejo General Académico en el que se establecen los criterios para la elaboración de las Cargas Horarias para el semestre agosto-diciembre de 2023 y subsiguientes, entre los cuales se destacaba la afectación al profesorado de Medio Tiempo y al personal académico con horas-asignatura, al establecer que entre el 60% y el 70% de ese tiempo deberá cumplirlo “como responsable de espacios curriculares”.
En el momento reflexivo-crítico de esa colaboración subrayaba que esos criterios convertían a ese amplio universo del profesorado compuesto por quienes no son Profesores de Tiempo Completo [PTCs] en “maquiladores educativos” al no contar con las horas requeridas “fuera de los espacios curriculares” para poder preparar sesiones de aprendizaje “dignas” de una institución de educación superior.
Es verdad que no esperaba, de parte del personal académico de la UAN una reacción semejante a las reacciones parisinas recientes, pero sí reacciones más amplias y firmes, incluido algún posicionamiento del Sindicato del Personal Académico, aunque fuera de carácter puramente retórico, o bien, alguna reflexión académica desde los aspectos legales, las consecuencias académicas, o la viabilidad operativa del asunto.
Sin embargo, no fue así…
Hasta donde tengo conocimiento, solo se publicaron posicionamientos de tres Secciones sindicales: la Sección 31 de la Unidad Académica de Ciencias Sociales; la Sección 20, de la Unidad Académica de Medicina y la Sección 30, de la Unidad Académica de Educación y Humanidades, a la que, por cierto, pertenezco y se realizaron dos reuniones: una con el personal de la Dirección de Investigación y otra con los directivos de la Unidades Académicas, así como una asamblea en la explanada de rectoría convocada por el personal de Medicina.
El posicionamiento de la Sección 31 está fechado el 22 de junio se refiere a los lineamientos generales para la asignación de cargas horarias considerando que “al efecto no se consultó ni mucho menos se tomó en cuenta la opinión de la base docente ni de la directiva sindical”; que se emitieron “sin considerar la matrícula, el número y condición laboral de docentes, así como los requerimientos adecuados de investigación y vinculación” y que, sin embargo, “de manera acrítica y perentoria las autoridades de las Unidades Académicas, y en particular las de Ciencias Sociales, exigen al personal docente que se ajuste a los lineamientos de referencia”.
Ante esta situación, la Sección 31 resolvió posponer la entrega de las cargas horarias individuales, hacer del conocimiento de la comunidad universitaria y de la opinión pública las razones de su postura y convocar a una reunión con los integrantes del Consejo Coordinador Académico y con la Dirección de la Unidad Académica de Ciencias Sociales para el lunes 26 de junio.
El posicionamiento de la Sección 20, de la Unidad Académica de Medicina, expresa su desacuerdo con el “Acuerdo” en virtud de que: “no se tomó en cuenta a la Base Docente”; “no respeta el trabajo intelectual y la dignidad del docente. Cuyo valor lo estima en el tiempo que debe permanecer confinado a un espacio físico y un determinado número de horas”; “los criterios que presentan, no puede generalizarse; “el tiempo en horas que designan para los diferentes rubros no se apegan a las actividades inherentes a la Unidad Académica”; “demeritan la importancia y tiempo invertido de las actividades complementarias de la currícula”; “no considera las horas del Docente en el postgrado”; “al Proceso de Evaluación le asigna muy poco tiempo en horas”.
Y solicitan “contar con las condiciones adecuadas para cumplir con los planes y programas académicos aprobados”, como lo señalan “la cláusula 80 del CCT y el articulo 15 numeral V, del reglamento de personal académico”.
El posicionamiento de la Sección 30, por su parte, inicia con un párrafo en el que afirma compartir y suscribir los argumentos y posicionamientos de las Secciones Sindicales 20 y 31, así como las manifestaciones de inconformidad de diversos grupos al interior de la Universidad.
En el cuerpo del posicionamiento, se hace mención, ante todo, de los convenios institucionales que se han firmado con autoridades externas [léase Subsecretaría de Educación Superior y Gobierno del Estado] sin interlocución con los actores académicos y que exigen cesión de beneficios contractuales.
En seguida, se hace referencia a la diferencia existente entre la UAN y la media nacional en la proporción de trabajadores administrativos, docentes y estudiantes, ya que mientras en la UAN la proporción trabajador administrativo – estudiante es de 6.8 y entre docentes y estudiantes de 11.41, las medias nacionales son de 27-1 y de 50-1. A propósito de este hecho, se subraya que la responsabilidad de esta desproporción corresponde a quienes tienen en sus manos el poder de contratar, es decir, las autoridades administrativas y los sectores y, más particularmente, a las contrataciones realizadas durante los años de la pandemia y los años previos a ella. [Cabe señalar que aquí habría que añadir el grave problema de las plazas no reconocidas por la SEP].
Finalmente, el pronunciamiento, señala la contradicción entre lo que se dice en el Plan de Desarrollo Institucional 2022-2028 y las medidas que se han venido instrumentando: “Las múltiples disposiciones promovidas, desde la Secretaría de Administración y la Secretaría Académica, trazan una ruta hacia un tipo de universidad que contradice frontalmente la intencionalidad proyectiva plasmada en el PDI.”
Ahora bien, esos pocos posicionamientos y las reuniones y asambleas para dialogar y hacer aclaraciones semánticas [“es una guía, no criterios obligatorios”], no parece que puedan llegar a evitar que este arroz “se acabe de cocer” durante el periodo vacacional o que sea capaz de modificar “alguna coma” del Acuerdo.
Para hacer frente a las imposiciones y las dictaduras político-administrativas que afectan derechos, dignidades y procesos académicos, se requiere mucho, mucho más, sobre todo porque no se trata de acciones aisladas, sino de un plan que no solo violenta derechos adquiridos y afecta procesos de aprendizaje, investigación y vinculación, sino que vulnera la autonomía institucional planteándole el dilema: sumisión o muerte…