Por Salvador Cosío Gaona
A reserva de conocer las letras chiquitas, los puntos finos y revisar todo lo que puede derivar de la resolución emitida este lunes por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en torno a la denominada “Ley Mordaza” aprobada en 2017 bajo la administración de Enrique Peña Nieto, hay que señalar que existe demasiada confusión.
Lo único que se tiene por cierto ahora, es que fue por unanimidad que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó las reformas hechas a la Ley Federal de Radio y Televisión de 2017, una suerte de ‘Ley Mordaza’, acusando que existieron violaciones en el proceso legislativo.
Con esta reforma, promovida durante el gobierno del expresidente Enrique Peña Nieto, se obligaba a los medios de comunicación a distinguir entre contenidos informativos y de opinión.
Mientras presentaba el proyecto, el ministro Alberto Pérez Dayán señaló que existieron omisiones claras al proceso legislativo, como no haber incluido a todas las comisiones que debían de formar parte de la discusión y elaboración de la propuesta.
“A pesar de estar convocadas tres comisiones distintas para elaborar el dictamen, y con el mismo llevarlo a la sesión plenaria, este no se generó de manera conjunta pues solo fue una de las tres comisiones la que lo presentó”, destacó.
De igual forma, sostuvo que “las violaciones al proceso legislativo, si bien aisladas pueden no serlo, en suma demuestran la falta de calidad democrática”.
Por otro lado, la ministra Margarita Ríos-Farjat señaló que el proceso se llevó a cabo de manera expedita, por lo que no se llevó a cabo un debate de manera exhaustiva.
“Esta votación legislativa de ‘fast track’, o por la vía rápida, me parece inconstitucional, atenta contra los principios de deliberación democrática y va contra lo que se espera del poder legislativo”, apuntó.
La ministra agregó que “en esta materia resulta de mayor relevancia porque tiene impacto en concesiones, en personas con discapacidad, en personas indígenas o afrodescendientes. Creo que es necesario que se lleve a cabo el procedimiento legislativo de manera puntual siguiendo los reglamentos de las Cámaras y la Ley Orgánica del Congreso”.
El ministro presidente, Arturo Zaldívar, consideró que esto no debería de ser un motivo para invalidar la norma, ya que el ritmo en el que aprueban las leyes es facultad del Poder Legislativo.
Sin embargo, expuso que “advierto que hay violaciones graves que afectan, trastocan, estos atributos democráticos dado que no se respetó el derecho de participación de todas las fuerzas políticas (…) al haberse violado los cauces tanto en las comisiones como en el pleno”.
En este sentido, el ministro presidente sostuvo que se debía declarar como inválida la reforma, ya que no se tomaron en cuenta a todas las fuerzas políticas, al igual que el dictamen aprobado no fue publicado en la gaceta parlamentaria 24 horas antes de la sesión plenaria.
Asimismo, el ministro Luis María Aguilar mostró su preocupación al exponer que las diferentes violaciones al proceso impidieron un debate en todas las etapas del procedimiento.
“Yo observo, y con todo respeto lo digo, una absoluta despreocupación en el cumplimiento de las reglas que buscan garantizar el actuar legislativo para que se desarrolle en un contexto de deliberación parlamentaria”.
El decreto, que pretendía que los comunicadores dieran a conocer si lo que dictan es una opinión o información, era calificada por algunos expertos como una suerte de ‘Ley Mordaza’.
Sin embargo, Gerardo Soria, fundador y presidente del Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones, habló sobre este fallo de la Corte y aseguró que esta decisión va en contra de la libertad de expresión.
“Lo que resolvió la SCJN es todo lo contrario”, aseveró en entrevista con Jesús Martín Mendoza en el programa Las Noticias de la Tarde de El Heraldo Media Group.
Explicó que en 20014, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) estableció una especie de comisario de la verdad. Este tenía la facultad de denunciar un programa de radio y televisión que no cumpliera con distinguir de manera expresa entre opinión e información.
Tras ello, un comité podría sacar del aire estos programas si considerara válida la denuncia. “A raíz de esto, el Congreso modificó la ley”, agregó.
Sin embargo, lamentó que la Suprema Corte determinara estas últimas reformas como inconstitucionales por vicios en el proceso legislativo. “Se revive la facultad del estado para imponer comisarios de la verdad en estaciones de radio y televisión”, advirtió.
Aseguró que los ministros no entraron al análisis de fondo sobre si esta reforma es violatoria de la libertad de expresión. “El gobierno lo va a usar con cosas que si le gusta o no”, añadió.
Minutos antes, Jorge Bravo, presidente de la Asamblea Virtual General de Socios de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información, dio una entrevista a Salvador García Soto a través de la señal de radio de El Heraldo Media Group, para hablar del tema.
Aseguró que el derecho a las audiencias data de la reforma propuesta durante el gobierno de Enrique Peña Nieto y ahora el Congreso podría tratar de reformular estos mecanismos para tratar de que se aprueben medidas similares.
Sin embargo, comentó, existe la posibilidad de que el tema termine por concluir con la resolución de la Suprema Corte, la cual no se pronunció al respecto de varios apartados de la Ley Federal de Radio y Televisión(LFRYT) de 2017.
La decisión se sostuvo debido a que las comisiones legislativas que buscaban la aprobación de este mecanismo no tomaron en cuenta la normativa para hacerlo y evitaron enviar la propuesta final al pleno 24 horas antes de la votación. Además de esto, tampoco se consultó a las comunidades indígenas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la reforma de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que canceló la obligación de que los concesionarios distingan entre la información noticiosa de la de opinión.
El máximo tribunal discutió las acciones de inconstitucionalidad promovidas contra esta reforma publicada el 31 de octubre de 2017 y aprobó por unanimidad la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán de invalidar todo el decreto por irregularidades en el procedimiento legislativo.
El ministro presidente Arturo Zaldívar aseguró que en este caso hay violaciones graves porque no se respetó el derecho de participación de todas las fuerzas políticas en condiciones de igualdad, mientras que Luis María Aguilar señaló la despreocupación de senadores en el cumplimiento de las reglas que rigen el proceso legislativo.
Ya estaremos revisando a ver si no se dio un balazo en el pie el presidente López Obrador y la Cuarta Transformación.
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