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jueves, febrero 27, 2025
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Llevan a Tribunal debate por gondolero; seguirá preso

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Hasta el momento se sostiene teoría de que “hizo caso omiso al señalamiento de detenerse en el lugar donde se estaba inspeccionando la velocidad de vehículos por parte de los agentes de Movilidad.”

Una solicitud del señor José Carmelo “N” para que a través de un juicio de amparo se le permita en breve tiempo enfrentar su proceso penal en libertad, ha sido rechazada por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal y por el Primer Tribunal Colegiado en Tepic, éste último al resolver un recurso de queja.

José Carmelo era el conductor de una góndola que el uno de febrero participó en un accidente suscitado por el libramiento carretero de Tepic en que resultaron lesionados tres agentes de la Secretaría de Movilidad del Gobierno del Estado, hechos por los que fue vinculado a proceso por los delitos de lesiones culposas graves y daño en las cosas.

La semana pasada, al admitir una demanda de amparo, el Juzgado de Distrito no concedió al quejoso una suspensión provisional con efectos de que pudiera enfrentar su proceso en libertad, razón por la que interpuso una queja ante el Tribunal Colegiado, que fue declarada infundada, lo que mantiene la medida cautelar de prisión preventiva justificada, recluido en la penal de Tepic.

De acuerdo con la información recogida, el punto medular de la imputación de la agencia del Ministerio Público es que el gondolero no habría atendido indicaciones durante un operativo de los agentes de la Secretaría de Movilidad.

Así lo explica el Tribunal Colegiado:

“Aunado a que, tal como lo sostuvo la juez de Control, existe una determinación judicial que fija la existencia de los hechos que se le imputan, atinente a que el día en que estos ocurrieron, el recurrente hizo caso omiso al señalamiento de detenerse en el lugar donde se estaba inspeccionando la velocidad de vehículos por parte de los agentes de movilidad, lo que representa un riesgo para la comunidad al manejar un vehículo grande de volteo, pero sobre todo el no respetar los señalamientos de tránsito e indicaciones de autoridades de movilidad.”

Y agrega más adelante:

“En esas condiciones, en oposición a lo sostenido por el inconforme, la autoridad responsable consideró que las circunstancias expuestas por el representante social, respaldaban la imposición de la prisión preventiva justificada, en tanto que esta era proporcional a la condición objetiva de los hechos (…)

“En el caso, no se cumple el requisito de que sea jurídicamente posible otorgar efectos restitutorios a la suspensión solicitada, ya que en el sumario incidental, existen datos objetivos que permiten establecer que la prisión preventiva justificada fue objetivamente correcta impuesta.”

La defensa de José Carmelo ha propuesto que se le permita enfrentar el proceso en libertad, cumpliendo con una firma periódica y con una garantía económica, agregando que cuenta con arraigo en Tepic.

Así, puesto que el Juzgado de Distrito fijó para el 20 de marzo la audiencia constitucional para estudiar el fondo del amparo, se deduce que mientras tanto José Carmelo continuará con la medida cautelar de prisión preventiva justificada.

* Esta información es publicada con autorización de su autor. Oscar Verdín Camacho publica sus notas en www.relatosnayarit.com

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