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jueves, julio 31, 2025
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Ney González vive en “zozobra emocional”

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El ex gobernador tendría que ser presentado ante un juez para que se determine si existe la prescripción de delitos que reclama; por lo pronto, no

El ex gobernador de Nayarit, Ney González Sánchez, considera que se está atacando su libertad personal, sin conocer la razón aparente y sin darle la oportunidad de esclarecer los hechos, “lo cual le genera una gran preocupación y zozobra emocional”.

Lo anterior anotado es parte de una extensa resolución de un Juzgado de Distrito en Tepic, consultada para este trabajo, a la que, como informó este reportero, tiene acceso el usuario “neygonzalezsanchez”, mediante la cual le fue girada orden de aprehensión el 20 de diciembre del 2023.

Ahora se conoce que en la causa penal se le atribuye su probable responsabilidad en delitos de asociación delictuosa, ejercicio indebido de funciones, tráfico de influencias, fraude específico por simulación de acto jurídico, y administración fraudulenta, en agravio del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Créditos, institución fiduciaria del Fideicomiso Bahía de Banderas, y la sociedad, con la figura de coautor material.

El asunto abordaría millonarias operaciones en grandes extensiones de terreno durante el gobierno de Ney González, a través del FIBBA, y en el que están involucrados otros personajes, pero también se cuenta con declaraciones de funcionarios de la época de Ney que conocieron tales actos y que colaboran con la investigación.

Uno de los aspectos que analizó el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal es el reclamo del ex gobernador de que se trata de delitos ya prescritos porque dejó de ser gobernador en el 2011.

Sin embargo, explicó el Juzgado de Distrito, el proceso arranca “con la audiencia inicial, y termina con la sentencia firme”, por lo cual, “bajo ese concepto en el juicio constitucional no puede analizarse el tema de la prescripción de la acción penal en el que se reclama la orden de aprehensión, pues implicaría sustituirse en las facultades de juez de Control, y podría dejarse inaudita a la contraparte de quien los plantee en amparo indirecto.”

Por lo tanto, insistió, la prescripción se debe abordar ante el juez de Control que conoce el expediente para que ahí, con la intervención de todas las partes, “se discuta la procedencia del sobreseimiento por extinción de la acción penal…”

Es decir, según se deduce, Ney González tendría que ser aprehendido y presentado ante un juez para que se debata y determine si existe la prescripción.

Una situación así enfrentó Florencio Román Messina, ex secretario de Finanzas con Ney, quien permaneció en prisión preventiva cerca de dos años hasta que se determinó en vía de amparo, efectivamente, la prescripción de delitos en uno de los expedientes que se le seguían. Román Messina fue liberado el pasado 28 de febrero, informó este reportero.

Por otra parte, añadió el Juzgado de Distrito al referirse a aspectos reclamados por González Sánchez, que la orden de aprehensión sí está fundada y motivada.

“De modo que, la orden de aprehensión de que se duele el aquí quejoso, es el medio de conducción del justiciable al proceso, para estar en condiciones de llevarlo a audiencia inicial a hacerlo conocedor de la imputación e investigación que se sigue en su contra (…)

“Sin que además, se considere vulnerado el principio de presunción de inocencia (…)

“…de ahí que no le asiste la razón al quejoso cuando sostiene que el juez empleó un argumento falaz e incierto al sostener que la orden de aprehensión es la única forma de garantizar la conducción al proceso del justiciable, ya que como se explicó (…), advirtió el peligro en la sustracción del imputado y con ello, que la orden de aprehensión peticionada era idónea, proporcional, legítima y necesaria, para la conducción del justiciable al proceso penal a la audiencia de formulación de imputación.”

El documento recuerda que González Sánchez tiene varias causas penales pendientes, además de que se le concedió una suspensión definitiva para presentarse ante el juez que lo requería y no asistió.

La negativa de amparo se conoció durante la presente semana y está firmada por la jueza de Distrito Erika Vianey García Colmenero, que añadió lo siguiente: “designada en concurso de oposición con carrera judicial verificada y Titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nayarit, con sede en El Rincón, municipio de Tepic, de manera independiente y en cumplimiento a la efectiva División de Poderes…”

* Esta información es publicada con autorización de su autor. Oscar Verdín Camacho publica sus notas en www.relatosnayarit.com

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