El Marco Normativo: Una Apuesta por la Transformación
A nueve años de la publicación de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Artículo 20 mantiene su vigencia como pieza fundamental del sistema anticorrupción mexicano. Esta disposición normativa establece con claridad meridiana que la selección de integrantes de los Órganos Internos de Control debe sustentarse en un sistema basado en el mérito, la transparencia y la profesionalización, alejándose definitivamente de las prácticas discrecionales que históricamente han caracterizado la administración pública.
El legislador diseñó este marco jurídico con la firme convicción de erradicar los males añejos del servicio público: el compadrazgo, la designación arbitraria y la improvisación en cargos estratégicos para el control de la gestión gubernamental. La ley apostó por un cambio de paradigma que transformara la cultura administrativa mediante la atracción del mejor talento disponible a través de procedimientos objetivos, transparentes y equitativos.
La Realidad en Nayarit: Excepciones que Confirman la Regla
En el estado de Nayarit, la implementación del Artículo 20 presenta un panorama preocupante que evidencia la persistencia de prácticas contrarias al espíritu de la reforma anticorrupción. Del universo de entes públicos obligados a cumplir con este mandato, únicamente dos instituciones han observado cabalmente los principios de profesionalización: la Universidad Autónoma de Nayarit y el Tribunal Estatal Electoral.
Estas instituciones han demostrado que es posible implementar procesos de selección transparentes y basados en el mérito, estableciendo precedentes valiosos que contrastan dramáticamente con la generalizada omisión del resto de entidades públicas estatales. Su cumplimiento no representa únicamente el acatamiento de una disposición legal, sino la materialización de un compromiso institucional con la integridad y la eficacia en el control interno.
El Predominio de la Designación Discrecional
En contraste con estas excepciones, la mayoría de los entes públicos nayaritas han mantenido sistemas de designación que privilegian criterios ajenos al mérito profesional. Esta práctica generalizada ha propiciado que los Órganos Internos de Control se integren con personal que carece de la preparación técnica y la especialización necesarias para ejercer funciones de control de manera efectiva.
La improvisación en estos cargos estratégicos genera consecuencias que trascienden el ámbito administrativo inmediato. Los titulares y el personal de los Órganos Internos de Control designados sin procesos rigurosos de selección enfrentan déficits formativos que comprometen su capacidad para detectar irregularidades, evaluar riesgos institucionales y proponer medidas correctivas eficaces.
La Paradoja del Sistema Anticorrupción
Resulta particularmente contradictorio que entes públicos que forman parte del Sistema Estatal y Nacional Anticorrupción hayan sido omisos en la implementación de una disposición fundamental para la integridad del propio sistema. Esta situación genera una paradoja institucional donde los operadores del sistema anticorrupción incumplen normas básicas destinadas a fortalecer los mecanismos de control interno.
La falta de coherencia entre el discurso anticorrupción y las prácticas institucionales reales debilita la credibilidad del sistema en su conjunto. Cuando las propias instituciones encargadas de promover la transparencia y combatir la corrupción mantienen esquemas opacos de designación, se erosiona la confianza ciudadana en la efectividad de las reformas implementadas.
Los Límites de la Regulación: Operadores Versus Normas
La experiencia nayarita ilustra una realidad que trasciende las fronteras estatales: por más sólida que sea una ley, su efectividad depende fundamentalmente de la calidad y el compromiso de sus operadores. El Artículo 20 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas constituye un instrumento normativo bien diseñado, pero su implementación requiere voluntad política y capacidad técnica que frecuentemente están ausentes en las instituciones públicas.
La persistencia de prácticas contrarias a la profesionalización evidencia que el cambio cultural en la administración pública no se logra únicamente mediante la promulgación de nuevas leyes. Se requiere un esfuerzo sostenido de transformación institucional que incluya incentivos efectivos para el cumplimiento, mecanismos de supervisión rigurosos y consecuencias reales para quienes incumplan los mandatos legales.
Consecuencias Sistémicas de la Omisión
El incumplimiento generalizado del Artículo 20 genera efectos que van más allá de la mera irregularidad administrativa. Los Órganos Internos de Control integrados sin observar los principios de mérito y transparencia enfrentan cuestionamientos sobre su legitimidad que pueden invalidar sus actuaciones posteriores. Esta situación compromete la seguridad jurídica en los procedimientos administrativos y debilita la eficacia del control interno gubernamental.
Además, la improvisación en estos cargos perpetúa ciclos de ineficiencia que obstaculizan la detección oportuna de irregularidades y la implementación de medidas preventivas efectivas. En última instancia, esta situación representa un costo elevado para la sociedad, que ve limitada su capacidad de exigir rendición de cuentas y transparencia en el ejercicio del poder público.
Perspectivas: El Cambio de Paradigma Como Quimera Persistente
A nueve años de la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el caso de Nayarit demuestra que el cambio de paradigma en la profesionalización del servicio público sigue siendo, por el momento, una aspiración más que una realidad consolidada. La resistencia al cumplimiento de mandatos fundamentales como el Artículo 20 refleja la persistencia de culturas institucionales arraigadas que privilegian la discrecionalidad sobre la meritocracia.
Sin embargo, los casos exitosos de la Universidad Autónoma de Nayarit y el Tribunal Estatal Electoral demuestran que la transformación es posible cuando existe voluntad institucional y compromiso con los principios de transparencia. Estas experiencias constituyen referentes valiosos que podrían replicarse en otras entidades públicas si se generan los incentivos adecuados y se fortalecen los mecanismos de supervisión y cumplimiento.
El desafío fundamental consiste en transitar de la regulación a la implementación efectiva, asegurando que los operadores del sistema anticorrupción sean genuinamente capaces de materializar los objetivos que la ley persigue. Solo así será posible que el cambio de paradigma deje de ser una quimera y se convierta en una realidad tangible que fortalezca la integridad y eficacia de las instituciones públicas nayaritas.