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El Congreso legisla sobre violencia vicaria

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“La violencia vicaria, consiste en utilizar a los hijos, como instrumentos para maltratar a la madre. Generando tensión, dolor, incertidumbre y mal trato a las personas afectadas. Este tipo de conductas delictivas, existen desde hace mucho en nuestra sociedad, sin que se haya sancionado su comisión”. Literatura sobre el tema.

EL CONGRESO DEL ESTADO

El Congreso del Estado, coordinado por el diputado Salvador Castañeda Rangel y apoyado por todas las fracciones parlamentarias, ha puesto su atención, a este grave problema familiar y social.

Legislando oportunamente, para tipificar y sancionar adecuadamente.

De tal manera, que el Congreso de Nayarit ha legislado en contra de la Violencia Vicaria.

E igualmente, eliminando el plazo para denunciar el abuso infantil.

REFORMAS AL CÓDIGO PENAL.

Para lo cual, diputadas y diputados, han reformado el Código Penal del Estado de Nayarit.

Beneficiando con ello, a niñas y niños.

E igualmente, a adolescentes.

EL 8 DE OCTUBRE

Esta trascendente reforma, se logró el día 8 de octubre.

En sesión pública ordinaria.

Aprobando reformas al Código Penal.

Donde se tipifica como delito, la violencia vicaria.

E igualmente, para declarar imprescriptibles los delitos sexuales cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes.

Sancionando de esta manera, a las personas que causen daño o lastimen a las mujeres a través de sus hijos o de sus seres queridos cercanos.

EL DICTÁMEN DE REFORMA

Este dictamen, establece que quien cometa el delito de violencia vicaria.

Podrá ser condenado de 1 a 8 años de prisión.

Multa de 100 a 300 días de salario mínimo.

Tomándose además medidas para proteger a la víctima.

Esta pena, podrá incrementarse hasta en una tercera parte.

Si se causa daño físico a las hijas o hijos.

O a las personas usadas para dañar a la mujer.

Si el delito lo cometen dos o más personas, o si algún familiar del agresor ha ejercido violencia contra las víctimas o las personas involucradas.

OTRA REFORMA

Además, se reformó el artículo 140 del Código Penal en materia de imprescriptibilidad de los delitos de naturaleza sexual.

Cometidos en contra de niñas y niños.

E igualmente, en contra de adolescentes.

LAS REFORMAS

Las reformas fueron presentadas por las legisladoras.

Marisol Sánchez Navarro.

María de la Paz Ramos Heredia.

Elizabeth Haro Oliveros.

OTRAS REFORMAS

Se aprobó la no reelección.

E igualmente el no permitir el nepotismo electoral.

El primero, para no permitir que una persona pueda reelegirse varias veces en el mismo cargo.

Evitando de esta manera la corrupción, y dando oportunidad a nuevos actores políticos.

El nepotismo, en contra de familiares que luego acaparan puestos de elección popular a todos los niveles.

Federal.

Estatal.

Municipal.

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