La ministra María Estela Ríos González confundió, en plena sesión de la Suprema Corte, el “derecho a la propiedad” con el “derecho de propiedad”. Ignacio Morales Lechuga recoge esa confusión en El Universal y la convierte en el hilo del que jala para desmontar un fallo que vulnera, según él, el edificio entero de los derechos humanos en México.
El contexto es éste: la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera para congelar cuentas bancarias sin orden judicial, sin intervención del Ministerio Público y sin solicitud internacional, bastándose únicamente en “indicios suficientes”. El exProcurador General de la República, notario de oficio y veterano de las trincheras jurídicas del país, escribe desde el conocimiento concreto de lo que significa que el Estado (ese Leviatán que Hobbes describió como el monstruo al que los ciudadanos ceden poder a cambio de protección, y que aquí parece haber olvidado la segunda parte del trato) intervenga el patrimonio de una persona antes de que exista proceso judicial alguno.
El error de la ministra tiene consecuencias directas sobre el razonamiento del fallo. Morales Lechuga lo precisa: los derechos humanos son inherentes a la persona, independientemente de su ejercicio en un momento dado. Quien guarda silencio conserva la libertad de expresión. Quien se queda en casa conserva la libertad de tránsito. Quien hoy carece de cuenta bancaria conserva el derecho de propiedad. La titularidad de un derecho y su ejercicio son dimensiones distintas, y mezclarlas desde el cargo más alto del Poder Judicial produce fallos construidos sobre bases equivocadas.
Lo que sigue en la columna es más grave. El autor recuerda que las limitaciones a los derechos constitucionales imponen condiciones estrictas: legalidad, necesidad, proporcionalidad y control judicial previo. La Constitución es explícita: nadie puede ser privado de sus propiedades sino mediante juicio ante tribunales establecidos. La UIF es un organismo administrativo. Sus “indicios suficientes” son apenas el punto de partida de una investigación, y la Corte acaba de autorizar que ese punto de partida sea también el momento del castigo. Morales Lechuga llama a eso por su nombre: privación arbitraria.
El congelamiento de una cuenta bancaria interrumpe de golpe el flujo con el que alguien paga la renta, el médico, la escuela de sus hijos o la nómina de sus empleados. La afectación es inmediata y se extiende a terceros ajenos a cualquier investigación. Morales Lechuga lo articula con precisión: “Un Estado que puede congelar la vida civil mediante un oficio burocrático ha entendido que controlar las cuentas es, en última instancia, controlar las conciencias.” El patrimonio es el margen desde el que una persona toma decisiones libres. Reducirlo por sospecha, antes de cualquier sentencia, es reducir también la capacidad de actuar con autonomía.
La columna rescata la posición de la minoría, encabezada por la ministra Esquivel, que advirtió que la norma carece de parámetros y que la seguridad jurídica exige más que buenas intenciones investigadoras. Esa posición perdió, pero su existencia revela algo central: la mayoría de la Corte tomó una decisión deliberada de ampliar los poderes de un organismo administrativo a costa del control judicial. El dato importa porque sitúa la responsabilidad donde corresponde.
Morales Lechuga enfrenta también el contexto político. Esta Corte, escribe, es consecuencia directa de la reforma judicial que prometió democratizar la justicia. Lo que ha producido son juzgadores que “no comprenden lo que resuelven ni articulan lo que dicen”. Es una afirmación dura, pero la propia intervención de la ministra Ríos González la sostiene. La promesa de que el voto popular garantizaría mejor justicia se mide ahora contra una sesión en la que el tribunal supremo del país confundió dos conceptos jurídicos elementales frente a las cámaras.
El cierre del texto apunta a la paradoja más reveladora del momento: mientras la SCJN extiende superpoderes a la UIF, 65 juzgadores removidos por la misma reforma buscan protección en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El Estado mexicano ya fue emplazado a responder. La justicia que debería impartirse dentro del país se tramita ahora en instancias internacionales porque las locales perdieron la confianza de quienes mejor las conocen.
La pregunta que deja Morales Lechuga es directa: ¿hasta cuándo permitiremos que quienes deben proteger la Constitución demuestren, en cada sesión, que aún están aprendiendo a leerla? La indignación, concluye, es el único termómetro que todavía podemos controlar.







