En la Biblia, encontramos un salmo escrito por el rey David, en alguno de sus muchos momentos de penuria y dolor, y vaya que tuvo varias etapas de aflicción, pero concretamente me refiero al salmo número 42, en cuyo verso 7, dice: “un abismo llama a otro a la voz de tus cascadas; todas tus ondas y tus olas han pasado sobre mí”, de acuerdo a comentaristas bíblicos, esta frase expresa un momento de gran tristeza, dolor y problemas acumulados.
El abismo y las cascadas: Muestran una pena muy grande. El autor siente que los problemas caen sobre él con la fuerza y el ruido de una gran cascada de agua.
Llamar a otro: Significa que un problema o dolor trae a la mente otro más grande, como si una dificultad abriera la puerta a otra peor sin parar. Y finalmente las olas, representan el sufrimiento que abruma a la persona y la hace sentir ahogada o sin fuerzas.
Uso esta metáfora bíblica para comentar una declaración hecha ayer por la secretaria de Movilidad, SISTIEL BUHAYA LORA, quien dio la primicia de haber recibido de parte del gobierno federal, “el gobierno de México”, dijo ella; la nueva disposición oficial que pretende realizar modificaciones legales para fortalecer las sanciones a deudores alimentarios, entre ellas la implementación de restricciones en la expedición de licencias para conducir.
Un deudor alimentario es una persona que tiene la obligación legal dictada por un juez de dar dinero para los gastos básicos de otra persona (como comida, ropa, casa, salud y educación). Se convierte en deudor alimentario moroso cuando deja de pagar esta pensión por un tiempo fijado por la ley (por lo general, 90 días o tres meses seguidos), para que se entienda con más claridad, un deudor alimentario es quien está comprometido a pagar una pensión alimenticia, sólo que ya ven ustedes que han cambiado las palabras en materia legal, pero en resumen con la pensión alimenticia se acotaban los gastos de ropa, educación, casa, etcétera, etcétera.
Y aunque la joven titular de Movilidad, no especificó si esta sugerencia de parte del gobierno de México, era para todos los que tienen asignado el pago de una pensión alimenticia por parte de un juez, o sólo para los que han dejado de cumplir con su obligación de pagar dicha pensión, debemos suponernos que esta medida se pretende aplicar en los deudores alimentarios morosos, o sea los que se han retrasado más de 3 meses en sus pagos determinados judicialmente.
Claro que en primer lugar estamos de acuerdo en que todo hombre y en menor escala mujer, que tenga la obligación de pagar por los alimentos y demás necesidades básicas de su familiar, debe hacerlo, eso es lo legal y moral también, en eso no tenemos punto de discusión, cientos de hombres y mujeres se divorcian, se les asigna una cantidad para la manutención del ser que queda en indefensión y cumplen con esta cantidad religiosamente, por lo tanto, no debe haber ningún tipo de represalias contra tales personas.
Pero tenemos a los obligados a pagar pensión que, por más de tres meses, no han cumplido con su compromiso, lo primero que la justicia se debe preguntar o preguntarles a estos que no han cumplido es el porqué no lo han hecho.
Lo primero que queda claro es que no tienen un empleo formal, es decir, un trabajo donde firmen una nómina cada semana o quincena, pues de ser así, de esta nómina les rebajarían el porcentaje que les asignó una juez de lo familiar, en su proceso de separación, así que la primer deducción es que son trabajadores independientes, pueden ser choferes de Uber o taxis, albañiles, profesionistas que cobran por honorarios, vendedores de alimentos u otros productos en las calles o en puestos establecidos, comisionistas de esas empresas que les pagan según lo que vendan, el llamado cambaceo por decir un ejemplo, en fin, gente que se gana la vida en forma personal y con esfuerzo diario.
Pero ocurre que estas personas que tienen que pagar su pensión alimenticia, han tenido una mala racha, si eran repartidores de productos comerciales, los despidieron por cerrar rutas, si vendían verduras en una esquina, su proveedor tuvo malas cosechas y ya no pudo surtirlos, si eran choferes de taxis o in drive o Uber, tuvieron un incidente (así le llamaron al reciente descarrilamiento del tren interoceánico), y pues ya no pudieron continuar con esa chamba.
Otros tuvieron una enfermedad en la que gastaron algo que no estaba previsto en su presupuesto de ingresos, en fin, las desgracias tienen muchos caminos para llegar a los desgraciados.
Ahora supongamos que estos deudores diversos acaban de conseguir trabajo en algo que tiene qué ver con conducir vehículos, por ejemplo como choferes de camión de pasajeros, como choferes distribuidores de productos alimenticios, de bebidas, como choferes de transportes de carga pesada, en fin, trabajos donde tienen que tener licencia para conducir forzosamente, pero cuando van a solicitarla les dicen que ellos están registrados como deudores alimentarios porque tienen tres meses sin pagar su pensión y por lo tanto no les pueden expedir su licencia de manejar, así que no sólo seguirán en el padrón de deudores, sino que se les acumularán más meses de deuda.
Así que, a la desgracia de ser deudores alimentarios, se acumula el que, por estar en este padrón, no les darán licencia, por lo que seguirán teniendo más deuda alimentaria y de otro tipo sin duda.
Finalmente quiero reconocer que la secretaria Sistiel Buhaya Lora, explicó que actualmente la dependencia de la que ella es titular, revisa los aspectos jurídicos de esta propuesta, ya que todavía no hay una disposición legal en Nayarit que permita negar automáticamente este documento por ser deudor alimentario, a lo que yo puedo agregar, que si hay una disposición federal, o sea una orden del gobierno federal, se aplicará esta medida y ya…hasta mañana







