Una prórroga de aseguramiento de un inmueble en Tepic propiedad de Nadia Selene, hija de Luis Manuel Hernández Escobedo, ex dirigente del Sindicato de Empleados y Trabajadores de la Universidad Autónoma de Nayarit (SETUAN) y quien desde mediados de enero del 2021 se encuentra en prisión preventiva, concedida por un juez de Control, ha sido validada por el Primer Tribunal Colegiado.
Aunque la amparista considera ser una persona ajena a la investigación y que el aseguramiento es excesivo y desproporcional, el Tribunal Colegiado precisó al estudiar un recurso de queja y negar la suspensión provisional del acto reclamado, que uno de los delitos materia de investigación es el de operaciones con recursos de procedencia ilícita, considerado de alto impacto y que investiga la Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del Estado (FGE), la cual solicitó a un juez de Control la referida prórroga, motivando también la inmovilización en la dirección del Registro Público de la Propiedad del Estado, así como en Catastro e Impuesto Predial del Ayuntamiento de Tepic.
Se indica que la respectiva carpeta de investigación -en la que Hernández Escobedo sería el personaje central-, aborda los delitos de ejercicio indebido de funciones, peculado, enriquecimiento ilícito, operaciones con recursos de procedencia ilícita y lo que resulte, en agravio de la sociedad y de la Universidad Autónoma de Nayarit (UAN).
De acuerdo con la resolución en vía de queja, se infiere que “el objeto del aseguramiento del inmueble y su prórroga, atienden a la posible localización de productos, objetos, instrumentos, indicios u objeto relacionado con los hechos que se investigan que pudieran estar relacionadas en los ilícitos perseguidos; aunado a que, podrían existir en el inmueble documentos, equipos de comunicación y almacenamiento de información, entre ellos, computadoras, equipos telefónicos, equipos electrónicos o cualquier que sirva como de almacenamiento.
“Por lo cual, es evidente que de concederse la suspensión sí se afectaría el orden público y el interés social”, dado que, se insistió, la comunidad está interesada “en que se persigan y sancionen los delitos de alto impacto, como lo es el de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.”
En razón de lo anterior, se determinó que por el momento no es posible restituir a la parte quejosa de la posesión de inmueble, cuya ubicación fue omitida, porque con ello se correría el riesgo de entorpecer la investigación de la autoridad ministerial, prevaleciendo entonces la prórroga del aseguramiento.
La demanda de amparo continuará su curso en un Juzgado de Distrito, que resolverá el fondo del debate una vez que las autoridades señaladas como responsables le remitan sus informes.
* Esta información es publicada con autorización de su autor. Oscar Verdín Camacho publica sus notas en www.relatosnayarit.com







