Artículo 1
Se prohíbe el uso del silencio como arma contra la palabra. El silencio tendrá su propio valor y comunicará todo aquello que carezca de vocablo. No obstante, el silencio buscará como fin último darle nuevos resplandores al decir y extraer de las entrañas del lenguaje lo que merece una pausa, un espacio en blanco, un dolor arterial.
Artículo 2
Cada mujer y cada hombre tendrá la libertad de crear realidades distintas a las que los circundan, haciendo uso de la palabra o cualquier otro lenguaje a su alcance. Incluso, del silencio (ver Artículo 1).
Artículo 3
Cada sensación cuenta con el inalienable derecho de ser libre de batir las alas, de expandir sus olas o de llorar sus ríos, tanto como se considere necesario para evitar el desgaste que impone este reptar por las piedras de lo cotidiano.
Artículo 4
Toda persona estará facultada de decir árbol y dejar que los pájaros rompan a trinar entre sus ramas.
Artículo 5
La belleza estará sometida, en todo momento y sin excepciones ni peñascos, al sentir de aquel que la experimente en la vivencia cálida de un sorbo de memoria o en la melodía minúscula de un beso.
Artículo 6
La lluvia será propiedad de quien la destile; el sol, una prerrogativa del que lo sude. El viento, en cambio, llegará siempre cargado con los fantasmas de todos.
Artículo 7
Los monstruos, seres mitológicos, quimeras, deidades, apariciones y demás portentos de lo humano, se moverán con absoluta libertad por las avenidas y los parques, los puentes y los sueños, sin la necesidad de portar credenciales con fotografía o certificados de verosimilitud y, mucho menos, de veracidad.
Artículo 8
Toda persona tiene derecho de elegir su manera ideal de perderse.
Artículo 9
Decir No se convertirá en la forma más elevada de la afirmación.
Artículo 10
La realidad será considerada tan basta y tan diversa que la sola intención de aprisionarla en un único concepto, en una única posibilidad, conducirá irremediablemente al infractor a la pataleta y al berrinche.
Artículo 11
El cuerpo, el de todos y cada uno, será instaurado como el último territorio inviolable, la última frontera de la libertad. Todo viaje a cuerpo ajeno, toda visita a la otredad, será realizada bajo la absoluta aprobación y seducción de los cuerpos entre sí, y la expedición de una visa de pieles y delirios compartidos.
Artículo 12
Deambular por La Ciudad sin destinos prefijados será considerado el nuevo anti-deporte nacional. No se podrá participar en ningún certamen bajo esta in-disciplina, ni se televisarán derivas ni derroteros, y nadie competirá contra nadie, sino que todos seremos al
mismo tiempo ganadores y perdedores en nuestro propio errar. (Acá, como en ciertos hoteles o cruceros, evitamos el trece porque el rabo te crece)
Artículo 14
Todo aquel que, con alas o sin alas, incumpla de manera directa, por ausencia u omisión, las disposiciones del presente Código, será castigado a leer, por los siglos de los siglos, las obras completas de Torres Bodet.



