A partir del 1 de agosto de 2025, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), en conjunto con la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), ha establecido siete nuevos periodos de veda y cinco de aprovechamiento para diversas especies marinas en México. Estas medidas buscan asegurar el uso sustentable de los recursos acuáticos.
Las disposiciones se basan en la opinión técnica del Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS), un organismo dedicado a generar conocimiento científico y tecnológico para la gestión sostenible de los recursos pesqueros y acuícolas del país. La finalidad es respetar los procesos biológicos de reproducción y crecimiento de las especies, promoviendo así un aprovechamiento sustentable y ordenando las actividades de quienes participan en la pesca.
Los periodos de veda, que son temporadas en las que está prohibida la captura de ciertas especies para permitir su reproducción y recuperación, son los siguientes:
- Todas las especies de abulón: Del 1 de agosto al 31 de diciembre en los bancos abuloneros desde la frontera con Estados Unidos hasta Punta Malarrimo, Baja California Sur, incluyendo islas adyacentes como Guadalupe, San Benito y Cedros.
- Langostino (Macrobrachium americanum y Macrobrachium tenellum): Del 1 de agosto al 31 de octubre en aguas continentales de la vertiente del Océano Pacífico.
- Pulpo café (Octopus bimaculatus): Del 1 de agosto al 30 de noviembre en la Reserva de la Biosfera Bahía de los Ángeles, Canales de Ballenas y de Salsipuedes, Baja California.
- Pulpo (Octopus americanus, antes Octopus vulgaris): Del 1 de agosto al 30 de agosto en aguas del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, Veracruz.
- Dique La Primavera en Sinaloa: Suspensión de la captura de todas las especies de peces del 1 de agosto al 30 de septiembre.
- Todas las especies de tiburón: Del 1 de agosto al 29 de agosto en Tabasco, Campeche y Yucatán.
- Cangrejo azul (Cardisoma guanhumi): Del 15 de agosto al 30 de septiembre en aguas estuarinas y marinas adyacentes al estado de Veracruz.
Por otro lado, los periodos de aprovechamiento, que son las temporadas en las que la captura de ciertas especies está permitida, son:
- Callo de hacha (Pinna rugosa y Atrina maura): Del 1 de agosto al 31 de marzo de 2026 en Bahía Magdalena-Almejas, Baja California Sur.
- Embalse Melchor Ocampo, Michoacán: Extracción de todas las especies de peces del 1 de agosto al 30 de abril.
- Robalo blanco y prieto (Centropomus sp): Del 16 de agosto al 30 de junio de 2026, desde Barra Chachalacas, Veracruz, hasta Barra Tonalá, límite entre Veracruz y Tabasco.
- Pulpo (Octopus maya y Octopus americanus, antes Octopus vulgaris): Del 1 de agosto al 15 de diciembre de 2025 en el litoral de Campeche, Yucatán y Quintana Roo.
- Tiburones y rayas (excepto especies en veda permanente): Del 1 de agosto de 2025 al 30 de abril de 2026 en aguas del litoral del Océano Pacífico.
Quienes incumplan estas regulaciones podrán ser acreedores a sanciones, conforme lo establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y otras disposiciones legales aplicables. La Sader, a través de Conapesca, mantiene disponible la línea telefónica 669 915 6913, las 24 horas del día, para recibir denuncias sobre pesca ilegal o malas prácticas.