Los contribuyentes tienen como fecha límite e impostergable el próximo 31 de diciembre de 2025 para activar su buzón tributario. Este vencimiento corresponde a una prórroga que se otorgó tras el plazo original del año pasado, por lo que las autoridades fiscales han advertido que no habrá más tiempo.
Se ha informado que la omisión de este trámite obligatorio tendrá consecuencias económicas directas. A partir del 1 de enero de 2026, cualquier contribuyente que no haya habilitado este canal de comunicación podría ser acreedor a una multa que puede alcanzar hasta los 11 mil pesos.
El buzón tributario es una herramienta fundamental, ya que es el único medio de comunicación oficial y obligatorio que utiliza el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para interactuar con los causantes. No se trata de un servicio opcional, sino de una responsabilidad fiscal establecida por ley.
A través de esta plataforma digital, la autoridad fiscal realiza la recepción de notificaciones importantes, como requerimientos, avisos de auditorías o información sobre devoluciones. Además, el buzón sirve para que el contribuyente pueda enviar información, gestionar trámites y consultar de manera directa su estatus fiscal sin necesidad de acudir a una oficina.
El delegado de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), Sergio Luis Cázares Santiago, explicó por qué se aplica la sanción. “Puede aplicarte una multa porque es el medio de comunicación que tiene el SAT, entonces viene tipificada una multa y esa podría ser la sanción por no tener el buzón tributario activo”, reiteró el funcionario.
Ante la cercanía de la fecha límite, la PRODECON ofrece asesoría gratuita para verificar el estatus del buzón. Cázares Santiago extendió una “invitación a que puedan acudir a PRODECON para poder revisar que esté activo su buzón tributario”, para asegurar que se cumpla con la obligación antes de que inicie el nuevo año.



