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miércoles, septiembre 30, 2026
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Código incivil

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Artículo 1

Se prohíbe el uso del silencio como arma contra la palabra. El silencio tendrá su propio valor y comunicará todo aquello que carezca de vocablo. No obstante, el silencio buscará como fin último darle nuevos resplandores al decir y extraer de las entrañas del lenguaje lo que merece una pausa, un espacio en blanco, un dolor arterial.

Artículo 2

Cada mujer y cada hombre tendrá la libertad de crear realidades distintas a las que los circundan, haciendo uso de la palabra o cualquier otro lenguaje a su alcance. Incluso, del silencio (ver Artículo 1).

Artículo 3

Cada sensación cuenta con el inalienable derecho de ser libre de batir las alas, de expandir sus olas o de llorar sus ríos, tanto como se considere necesario para evitar el desgaste que impone este reptar por las piedras de lo cotidiano.

Artículo 4

Toda persona estará facultada de decir árbol y dejar que los pájaros rompan a trinar entre sus ramas.

Artículo 5

La belleza estará sometida, en todo momento y sin excepciones ni peñascos, al sentir de aquel que la experimente en la vivencia cálida de un sorbo de memoria o en la melodía minúscula de un beso.

Artículo 6

La lluvia será propiedad de quien la destile; el sol, una prerrogativa del que lo sude. El viento, en cambio, llegará siempre cargado con los fantasmas de todos.

Artículo 7

Los monstruos, seres mitológicos, quimeras, deidades, apariciones y demás portentos de lo humano, se moverán con absoluta libertad por las avenidas y los parques, los puentes y los sueños, sin la necesidad de portar credenciales con fotografía o certificados de verosimilitud y, mucho menos, de veracidad.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho de elegir su manera ideal de perderse.

Artículo 9

Decir No se convertirá en la forma más elevada de la afirmación.

Artículo 10

La realidad será considerada tan basta y tan diversa que la sola intención de aprisionarla en un único concepto, en una única posibilidad, conducirá irremediablemente al infractor a la pataleta y al berrinche.

Artículo 11

El cuerpo, el de todos y cada uno, será instaurado como el último territorio inviolable, la última frontera de la libertad. Todo viaje a cuerpo ajeno, toda visita a la otredad, será realizada bajo la absoluta aprobación y seducción de los cuerpos entre sí, y la expedición de una visa de pieles y delirios compartidos.

Artículo 12

Deambular por La Ciudad sin destinos prefijados será considerado el nuevo anti-deporte nacional. No se podrá participar en ningún certamen bajo esta in-disciplina, ni se televisarán derivas ni derroteros, y nadie competirá contra nadie, sino que todos seremos al
mismo tiempo ganadores y perdedores en nuestro propio errar. (Acá, como en ciertos hoteles o cruceros, evitamos el trece porque el rabo te crece)

Artículo 14

Todo aquel que, con alas o sin alas, incumpla de manera directa, por ausencia u omisión, las disposiciones del presente Código, será castigado a leer, por los siglos de los siglos, las obras completas de Torres Bodet.

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