Crear dos, tres, muchos parques de la dignidad (Parte 2)

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Por Miguel Ángel Arce Montiel

El frente Jurídico

La atención de este aspecto estuvo a cargo del joven abogado Emanuel Medina González quien elaboró la demanda de amparo y el de un servidor en mi calidad de represente común para presentar ante el juzgado y otras instancias en tiempo y forma los alegatos a favor de no enajenar el inmueble y todos los trámites conducentes, así como presentarnos a las audiencias.

Fue todo un peregrinar el aspecto jurídico, sortear los vericuetos de la legislación y las inercias del poder judicial. Hubo varios actos reclamados pero los fundamentales fueron dos: primero contra la promulgación y publicación del decreto por la afectación al interés público; segundo, contra la no conclusión de las obras en Ciudad de las Artes puesto que hubo inversión autorizada pero no ejecutada para tales obras.

Estos actos reclamados forman parte del expediente del juicio de amparo 827/2013, y por lo tanto, de nuestra demanda de amparo colectivo indirecto presentada el 26 de julio del 2013.

Durante poco más de 4 años se mantuvo la atención a este aspecto de la lucha. En varias ocasiones se tuvo que interponer recursos de revisión ante el Tribunal Colegiado, obtener información en la secretaria de obras públicas y otras dependencias mediante amigos y conocidos, pero en ningún caso se nos vencieron los plazos.

Llego el momento donde previmos que el juez otorgaría sentencias negativas y perderíamos el juicio por lo cual decidimos acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación solicitando fuera atraída nuestra demanda. Fuimos escuchados por un ministro de la Corte y en poco tiempo recibimos la notificación favorable de atracción del caso, suspendiendo por el momento todo el proceso en el estado hasta que se pronunciara al respecto.

Así mismo en 2017 y analizando que SCJN no emitía resolución alguna apelamos junto a amplias comisiones de ciudadanos para visitar a los 30 diputados de la recién instalada legislatura misma que presidia Leopoldo Domínguez González, el cual fue uno de los firmantes de la demanda de amparo lo cual consideramos una coyuntura favorable para solicitar fuera abrogado el decreto y al entrevistarnos con la mayoría procuramos que alguno de ellos tomara como propia esta iniciativa. Finalmente, el 20 de diciembre del 2017, en votación mayoritaria, fue aprobada la iniciativa que demandaba la abrogación del decreto de su similar del 27 de junio del 2013 por lo cual el inmueble que albergó el ex estadio de béisbol volvía a ser público, un espacio para la ciudad, un triunfo para la sociedad organizada y movilizada.

Por eso sostengo que la lucha del Parque de la Dignidad es una experiencia única en el movimiento social, cultural y ambiental.

1.- Por que enfrenta la maquinaria estatal Robertista y pese a todos los obstáculos se logró alargar el proceso hasta concluir su sexenio, cuando su poder declinó y al final evitar la venta del Parque.

2.- Los actores políticos que buscan reflectores y aquellos que no se involucran pronto son identificados ya que los mueve el interés político mezquino o el mero protagonismo.

3.- El movimiento social es cualitativamente distinto a otros por que conjuga la confluencia en la lucha por la vida, es decir del medio ambiente, el agua y el nuevo modelo de ciudad con sentido más humano. Movimiento que no es por reclamo de algún servicio público o vivienda sino por mayores espacios verdes y equipamiento para la ciudad con amplia participación comunitaria.

4.- Puso al descubierto gobiernos insensibles pues siempre han pretendido desincorporar y/o enajenar el inmueble, primero Roberto Sandoval Castañeda, luego Antonio Echevarría García que quiso construir el CREE (Centro de Rehabilitación y Educación Especial) o del propio Dr. Miguel Ángel Navarro Quintero anunciando volver a construir un nuevo estadio de béisbol en dicho lugar.

5.- Puso el acento en la problemática ambiental, urgiendo la modificación de políticas públicas a favor del ser humano, hacer conciencia del creciente número de automotores, el agotamiento de mantos freáticos y la necesidad de menos planchas de cemento y más árboles, de más áreas naturales protegidas y zonas de reserva ecológica.

6.- La oportuna defensa jurídica y su innovador uso de recursos legales como solicitar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajera el caso o en su momento la solicitud para la abrogación del decreto en el propio Congreso del Estado.

7.- Se sembró el precedente de que es posible modificar acuerdos, tomados al margen del interés social y ciudadano.

8.- De que la sociedad organizada puede sortear obstáculos con acciones de resistencia permanente al abandono, a las omisiones o a la falta de apoyo de las autoridades estatales o municipales.

9.- El mecanismo de comunicación popular a través de las asambleas, pequeñas reuniones entre los colectivos, el corre la voz entre redes familiares y comunitarias, así como el uso de las tecnologías a favor del movimiento, esto ayudo a vencer las campañas mediáticas en contra.

10.- La correcta combinación de las distintas formas de lucha fue la que posibilitó el triunfo, en un pequeño espacio donde no solo se plantaron árboles, sino conciencia, dignidad y esperanza, así como respeto al ser humano y a las decisiones colectivas.

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