Por Oscar Verdín Camacho

El Segundo Tribunal Colegiado con oficinas en Tepic avaló la orden de aprehensión girada el tres de junio del 2021 en contra de Roy “R”, ex titular de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit (ASEN).

Tal mandamiento de captura, emitido por el Juzgado Segundo de Ejecución de Sanciones Penales, en el procedimiento EP-SPA-209/2020, generó una controversia puesto que fue en base a que Roy incumplió con una sentencia firme, dado que el 14 de mayo del 2020 se sometió a un procedimiento abreviado en la causa penal 825/2018.

En aquel momento reconoció su relación con los delitos de ejercicio indebido de funciones y peculado, aceptando ser condenado, entre otros puntos, al pago de siete millones 451 mil 901.07 pesos por concepto de reparación del daño a favor de la ASEN.

Puesto que se le concedió el beneficio de la conmutación, pudo entonces recuperar la libertad.

Sin embargo, transcurrido más de un año y dado que fue requerido a cumplir con el pago y no lo hizo, es que se giró la orden de aprehensión de que se duele el que también fuera secretario de la Contraloría en el gobierno de Roberto Sandoval Castañeda.

El amparo en revisión 366/2021 del Segundo Tribunal Colegiado fue estudiado después de que el

Juzgado Segundo de Distrito negó amparo a Roy el año pasado.

Contrario a lo señalado por el quejoso en el sentido de que se violentaba el procedimiento, el Colegiado consideró que sí se garantizó su derecho de audiencia:

“De ahí que, se reitera, el juzgador responsable actuó correctamente al decretar la orden restrictiva de libertad (…), pues el incumplimiento de las sentencias ejecutoriadas de naturaleza penal es una cuestión de orden público, dado que la sociedad está interesada en que el responsable de la comisión de un hecho delictivo sea castigado y compurguen las sanciones impuestas.”

Más adelante, el fallo insistió:

“Ello es así, atendiendo a que el respeto a una sentencia ejecutoriada es de interés social (…), sino además en que una vez seguido el procedimiento y vencida la presunción de inocencia, se ejecuten en sus términos las sentencias emitidas…”

La resolución que niega el amparo a Roy fue votada de manera unánime por los magistrados Marcelino Ángel Ramírez, Fernando Rochín García (ponente), y Carlos Alberto Martínez Hernández, durante una audiencia celebrada en la primera quincena de octubre.

Según explica la sentencia del Tribunal Colegiado,  el Juzgado Segundo de Ejecución de Sanciones Penales advirtió en su momento a Roy que podrían negársele los beneficios si no cubría el monto ya señalado, como finalmente sucedió con la orden de aprehensión.

El ex auditor fue aprehendido en junio de este año y enfrenta otros asuntos que igualmente lo mantienen recluido en la penal de Tepic. Se le inició una nueva causa penal por los delitos de peculado y ejercicio indebido de funciones, y en julio fue condenado a cuatro años de prisión por el delito de falsificación de documentos, sentencia la cual aún no está firme.

* Esta información es publicada con autorización de su autor. Oscar Verdín Camacho publica sus notas en www.relatosnayarit.com

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