En fechas recientes ―y más concretamente, desde la coyuntura del Sínodo de la Sinodalidad―, la figura del Papa Francisco se ha hecho presente en nuestro país y en el mundo en distintos escenarios que van, desde las aparentemente triviales bendiciones al Tren Maya y al “Doctor Simi” [con todo y la comercialización de su muñeco en las tiendas del Vaticano] y la promoción de la medalla del Buen Pastor [que parece ubicarse más en el ámbito de lo mágico que en el de la fe], hasta la imposibilidad de su presencia personal en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el cambio climático [COP28] celebrada ―paradójicamente― en los Emiratos Árabes Unidos, séptimo productor mundial de petróleo, pasando por la nota más reciente relacionada con la apertura oficial a bendecir a parejas del mismo sexo.
A reserva de dedicar unas palabras ―a la brevedad posible― a los dos temas relevantes que acabo de mencionar ―el del cambio climático y el de las bendiciones― y, considerando que con lo dicho en relación con la medalla del Buen Pastor, la bendición al Tren Maya y al “Doctor Simi” es suficiente y dejando a quien lea esas palabras las conclusiones acerca de la utilización y manipulación de la figura papal [¡una vez más y seguramente no la última!], quiero dedicar estas a un tema que, conforme al ritmo vertiginoso de la información “en los tiempos que corren”, puede parecer ya obsoleto y que, sin embargo, quiero abordar aquí porque considero que nos muestra el perfil de pastor del Papa Francisco, un perfil que bien se puede contrastar con el perfil patrístico-teológico de Benedicto XVI o con el político-moralista de Juan Pablo II: el tema tiene que ver con las preguntas que cinco cardenales le plantearon al Papa, precisamente en el contexto del Sínodo de la Sinodalidad y ―sobre todo― con las respuestas de Francisco.
Ante todo, la identificación de los cinco cardenales que presentaron sus “dubia” al Papa Francisco: el cardenal Juan Sandoval Íñiguez, Arzobispo de Guadalajara de 1994 a 2011; el cardenal alemán Walter Brandmüller, presidente emérito del Comité Pontificio para las Ciencias Históricas; el Cardenal norteamericano Raymond Burke, entre otras cosas, Arzobispo de San Luis Missouri de 2004 a 2008 y prefecto del Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica; el cardenal Joseph Zen Ze-kiun, Obispo de Hong Kong entre 2002 y 2009 y el cardenal Roberto Sarah, quien se desempeñó como prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos durante siete años y secretario de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos. Cabe señalar que cuatro de estos cinco cardenales ―excepto el cardenal Sandoval― han sido particularmente críticos del pontificado del Papa Francisco, en temas relacionados con los católicos divorciados y vueltos a casar, con la unión de personas del mismo sexo, con el sacerdocio femenio, con la política de la Santa Sede con el gobierno chino, o con el Sínodo de la Amazonía. Por otro lado, tanto el cardenal Brandmüller como el cardenal Burke habían enviado ya, junto con otros dos cardenales, 5 “dubia” a propósito de la exhortación postsinodal “Amoris Letitia”.
En seguida, las cinco dudas, planteadas como preguntas:
¿La revelación divina se debe reinterpretar en función de los cambios culturales y antropológicos en boga?
¿Concuerda con la Revelación y el Magisterio la difundida práctica de bendecir las uniones entre personas del mismo sexo?
¿Si la sinodalidad puede ser criterio regulador supremo del gobierno de la Iglesia?
¿La ordenación sacerdotal puede ser conferida a las mujeres?
¿El arrepentimiento es condición necesaria para la absolución sacramental?
Y, finalmente, las respuestas de Francisco, no sin antes citar las palabras que las preceden:
“Si bien no siempre me parece prudente responder las preguntas dirigidas directamente a mi persona, y sería imposible responderlas a todas, en este caso me pareció adecuado hacerlo debido a la cercanía del Sínodo”
El meollo de la respuesta del Papa a la pregunta acerca de la validez de la reinterpretación de la revelación divina en función de los cambios culturales y antropológicos [en boga], radica en unas pocas palabras: “depende del significado que se le dé a la palabra ‘reinterpretar’. Si se entiende como ‘interpretar mejor’, la expresión es válida”. A este respecto, añade Francisco: que si bien la divina revelación es inmutable y siempre vinculante, la Iglesia nunca agota su insondable riqueza y necesita crecer en su comprensión y los cambios culturales y los desafíos de la historia estimulan a explicitar mejor algunos aspectos de esa riqueza.
En relación con la pregunta relacionada con la práctica de bendecir las uniones entre personas del mismo sexo, Francisco reafirma la concepción de la Iglesia en cuanto al matrimonio “una unión exclusiva, estable e indisoluble entre un varón y una mujer”, lo que no obsta para que afirme que “la prudencia pastoral debe discernir si hay formas de bendición, solicitadas por una o varias personas, que no transmitan una concepción equivocada del matrimonio”.
En cuanto al eventual carácter sinodal de la autoridad de la Iglesia, el Papa retoma lo que los propios cardenales afirman: que la autoridad es ejercida por el Papa en virtud de su oficio y por el Colegio de los Obispos junto con el Romano Pontífice, lo que no se contradice con la afirmación de que la sinodalidad constituye una dimensión esencial de la vida de la Iglesia, ya que “todo el Pueblo de Dios, de distintas maneras y en diversos niveles puede hacer oír su voz y sentirse parte del camino de la Iglesia”.
Probablemente, la respuesta a la pregunta relacionado con la eventual ordenación sacerdotal de mujeres, sea la más ambigua, ya que si bien cita la afirmación de Juan Pablo II de acuerdo con la cual “es imposible conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres”, lo hace entrecomillando las palabras “de modo definitivo” y, después de citar otras afirmaciones del Papa Wojtyla, concluye su respuesta con estas palabras: “para ser rigurosos, reconozcamos que aún no se ha desarrollado exhaustivamente una doctrina clara y autoritativa acerca de la naturaleza exacta de una declaración definitiva´’. No es una definición dogmática, y sin embargo debe ser acatada por todos. Nadie puede contradecirla públicamente y sin embargo puede ser objeto de estudio, como es el caso de la validez de las ordenaciones en la Comunión anglicana”.
En la quinta respuesta es, probablemente, en donde Francisco se muestra más pastor, ya que en relación con el arrepentimiento ―y el propósito de no volver a pecas― como condición necesaria para la absolución sacramental, sostiene, siguiendo a Juan Pablo II “no debemos exigir a los fieles propósitos de enmienda demasiado precisos y seguros, que en el fondo terminan siendo abstractos o incluso ególatras, sino que aun la previsibilidad de una nueva caída no prejuzga la autenticidad del propósito’ y concluye con estas “muy suyas”: “debe quedar claro que todas las condiciones que habitualmente se ponen en la confesión, generalmente no son aplicables cuando la persona se encuentra en una situación de agonía, o con sus capacidades mentales y psíquicas muy limitadas”.