Pues me parece excelente que exista todo un programa legal para ayudar en materia de la aplicación de la justicia a los adolescentes, quiero aclarar, no para auxiliar a adolescentes que hayan sido afectados por alguna acción en su contra y que requiera el pronto castigo para los infractores de adolescentes, sino al revés, se trata de auxiliar lo más humanamente posible a adolescentes que hayan infringido la ley.
La información partió del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), donde el pasado martes, 1 de julio, la magistrada Aracely Ávalos Lemus, presidenta del citado Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, puso en marcha el taller teórico-práctico de justicia restaurativa para adolescentes, titulado “Restaurando identidades”.
Se trata de formar con el objetivo fortalecer los conocimientos de las y los operadores del sistema de justicia para adolescentes, mediante el análisis y la reflexión sobre herramientas que permitan una intervención adecuada en los procesos restaurativos.
En particular, el taller se enfocó en la elaboración de planes de reparación simbólica y en el desarrollo de proyectos de migración de identidad, con base en un enfoque humanista, respetuoso de los derechos de las y los adolescentes en conflicto con la ley.
Y es que los adolescentes que entran en conflicto con la ley penal son vulnerables por su edad y requieren de un trato diferenciado al de los adultos, encontrándose en una situación especial, pero sin que ello los limite a ser personas capaces de ser titulares de derechos y responsabilidades y aquí empieza el asunto principal de esta justicia restaurativa, es decir, aplicar la ley por lo que hicieron estos menores, pero de una forma diferenciada a como se le aplica a un adulto.
Este es el nuevo modelo, que se ve reflejado en el actual Sistema Integral de Justicia para Adolescente establecido en el párrafo cuarto, del artículo 18 constitucional y regulado en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes (LNSIJPA), por sus siglas.
En ese sentido, la LNSIJPA (Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes) será aplicable a aquellos adolescentes que tengan entre doce años y dieciocho años cumplidos, a quienes se les atribuyan la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales, dicha ley respeta, entre otras cuestiones, los derechos humanos de las personas adolescentes contemplados y establecidos en el marco constitucional, convencional y legal en sus artículo 1o., 4o. y 18 constitucional, así como los establecidos en la Convención para los Derechos del Niño; ya que en la última se establecen principios rectores del sistema y del procedimiento, mismos que salvaguardan la seguridad física, mental y emocional de las personas adolescentes, entre los que encontramos: interés superior de la niñez, protección integral a los derechos de las personas adolescentes, prohibición de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, la no discriminación e igualdad sustantiva, mínima intervención judicial, autonomía progresiva, responsabilidad y justicia restaurativa.
La justicia restaurativa debe verse como una oportunidad por parte del infractor de hacer lo correcto, ello implica cumplir con dos objetivos principales, la reparación de daño, mediante la responsabilidad comprendida y aceptada de la persona adolescente y la sanación de la víctima u ofendido y la comunidad afectada a fin de lograr la reinserción social de las partes involucradas.
De igual manera el proceso restaurativo debe motivar a la construcción o afirmación de valores (responsabilidad, respeto, integridad, honestidad, empatía, vergüenza, remordimiento); ya que dicha justicia se debe de basar más en responder a necesidades que en imponer castigos
Finalmente, la justicia restaurativa debe preservar en todo momento la integridad física, psicológica y emocional de la víctima, evitando que en los procesos restaurativos se presente la revictimización.
Generar en la persona adolescente un sentido de responsabilidad. El adolescente que resulte responsable de la comisión de hechos tipificados como delitos, debe comprender el impacto y las consecuencias de su conducta delictiva y desarrollar empatía hacia la víctima, dando como resultado que identifique y reconozca su responsabilidad de manera activa y esto lo lleve a querer cambiar sus patrones de comportamiento, al decidir libremente someterse a tratamientos específicos que le ayuden a conciliarse con la sociedad (las necesidades del adolescente); así como, encontrar en el proceso restaurativo la oportunidad de realmente aceptarse y reencontrarse con ellos mismos. Muy valiosos estos esfuerzos legales, por reinsertar a los adolescentes que delinquen en una sociedad que los cobije…hasta mañana