Una persona que hace años trabajó en el Ayuntamiento de Bahía de Banderas en el área de Protección Civil ha motivado una situación singular, puesto que ha obtenido un amparo deun Tribunal Colegiado en Tepic, por lo pronto para que el Instituto de Justicia Laboral Burocrática resuelva si desempeñó tareas como empleado de confianza o bien de base.
Lo que hace peculiar el asunto es que al amparista en un momento dado se le designó como encargado de despacho, por lo que el Tribunal Colegiado ha advertido que tal situación no lo haría obligadamente trabajador de confianza.
“Así, lo referido en la demanda, por sí solo, no es bastante para inferir que el empleo a que se refiere su nombramiento sea de confianza, toda vez que el cargo de coordinador y el diverso de encargado del despacho, no implica el desarrollo ordinario de las labores de la función y representación de dicho encargo.
“Estimar lo contrario llevaría al extremo de que una simple orden dada al empleado para colaborar en una función o actividad que ordinariamente no corresponde al servicio que presta, bastaría para que extensivamente se le considerara empleado de confianza y se viera privado de las ventajas y garantías que le otorga el Estatuto Jurídico aplicable, para no ser cesado o removido sin causa justificada y carecieran de objeto, en esas condiciones, las clasificaciones que la propia ley establece.”
La sentencia laboral que deberá estudiarse nuevamente fue dictada en noviembre del 2019 por el entonces Tribunal de Conciliación y Arbitraje, que si bien se pronunció a favor del demandante respecto a diversas prestaciones, no incluyó el ser considerado trabajador de base.
Y tan se trata de un asunto que viene arrastrándose desde hace mucho tiempo, que entre otros puntos se condenó al Ayuntamiento de Bahía de Banderas al pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo correspondientes a los años 2011, 2012, 2013 y 2014, pero se le absolvió en cuanto a la reinstalación o el reconocimiento como trabajador de base.
Así, se concedió amparo al demandante -cuya identidad fue omitida por el Tribunal Colegiado- para que el Instituto de Justicia Laboral Burocrática resuelva nuevamente conforme a los lineamientos que se le han marcado.
* Esta información es publicada con autorización de su autor. Oscar Verdín Camacho publica sus notas en www.relatosnayarit.com







