Por Oscar Verdín Camacho

Confirmada por un juez una orden de aprehensión librada en contra de Ignacio Flores Medina, ex presidente municipal de La Yesca y dirigente de Movimiento Ciudadano, se presentó una situación singular:

“Nacho” Flores interpuso, el pasado 11 de enero, una demanda de amparo que recayó en el Juzgado Tercero de Distrito en Tepic, pero resulta que fue  registrada horas antes de que se girara la orden de aprehensión, el día 12, por su probable intervención en los delitos de fraude genérico, operaciones con recursos de procedencia ilícita, y asociación delictuosa.

Así, cuando diversas autoridades remitieron  informes del caso Nacho Flores al Juzgado de Distrito, un juez de Control del Centro Regional de Justicia Penal en Tepic aceptó la existencia del acto reclamado y anexó copias del respectivo expediente, sin embargo la autoridad del Poder Judicial Federal dictó sobreseimiento porque el amparo fue tramitado antes de que existiera la orden de aprehensión.

Así se explica en la resolución:

“No obstante lo anterior, precisa dejar en claro que, no es posible analizar en este sumario el mandamiento de captura anunciado por la autoridad judicial que aceptó el acto reclamado de doce de enero de dos mil veintitrés, pues dicho mandamiento es posterior a la presentación del ocurso que dio origen al presente asunto (once de enero de dos mil veintitrés), a saber, cuando ocurrió esto último, aún no existía aquel.”

Agrega que, dicho en otras palabras, “cualquier acto dictado con posterioridad al once de enero de dos mil veintitrés, en que fue presentada la demanda de amparo (…) resulta ajeno a la litis que se planteó en tal documento (órdenes de aprehensión y/o detención y/o arresto), siendo improcedente analizar su constitucionalidad en este asunto.

“En efecto, el juicio de amparo procede contra actos existentes y concretos a la fecha de la presentación de la demanda de derechos y en la especie, como ya se apuntó, a esa fecha no existía la orden de aprehensión precitada.”

Como puede advertirse, la demanda confirmó a Nacho Flores la existencia de la orden de captura y saber con precisión qué se le imputa, incluso acceder a copias, pero no permitió que se entrara al estudio de fondo, por lo que el riesgo de aprehensión sigue vigente.

Flores Medina podría tramitar otro juicio para combatir, ahora si, la citada orden de aprehensión.

* Esta información es publicada con autorización de su autor. Oscar Verdín Camacho publica sus notas en www.relatosnayarit.com

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí