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Ordenan a PROFECO retirar lona de “NO CARGUES AQUÍ” en gasolinería

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“NO CARGUES AQUÍ, SE VUELAN LA BARDA CON LOS PRECIOS”, genera una afectación “de manera irreparable”, sostiene Tribunal Colegiado en Tepic

La empresa Petrolíferos la Territorial S. de RL. de C.V., ubicada por la carretera federal 200 a la altura de Bucerías, en el municipio de Bahía de Banderas, obtuvo una suspensión provisional en vía de amparo en contra de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), para que sea retirada una lona con la leyenda “NO CARGUES AQUÍ, SE VUELAN LA BARDA CON LOS PRECIOS.”

La resolución se decidió la semana pasada a través de un recurso de queja, en que el Tercer Tribunal Colegiado en Tepic advirtió que, producto de una visita de inspección y verificación de los precios de combustible, efectuada el 21 de abril, se decidió la colocación de cuatro sellos de advertencia en el establecimiento, más no lo tocante a la lona, lo cual, en consideración de la empresa, revela una medida de exhibición pública y descrédito comercial no prevista en el marco jurídico aplicable.

De acuerdo con el fallo, los sellos de advertencia se mantendrán, pues de lo contrario “se contravendría el derecho de la sociedad a estar informada en las relaciones de consumo entre consumidores y proveedores”, además de que no se impide la venta de combustible, sino que se informa a la sociedad que el establecimiento está sujeto a un procedimiento administrativo por posibles violaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Sin embargo, respecto a la colocación de una manta o lona con la leyenda ya referida, el Tribunal Colegiado advirtió que no se encuentra justificada como medida precautoria en la referida acta de visita.

“…en el asunto que nos ocupa, la lona que se instaló en el inmueble donde opera el establecimiento de la parte quejosa, en realidad se refiere a una recomendación negativa de no suministrarse el servicio de hidrocarburos y una aseveración de que los precios son elevados; circunstancias que no se están legalmente previstas y que afectan su imagen comercial de manera irreparable”, sostiene el fallo de la instancia del Poder Judicial Federal que, entonces, concedió la suspensión provisional para que la PROFECO retire la citada lona, no los sellos de advertencia.

La resolución fue votada de manera unánime por el Pleno del Tercer Tribunal Colegiado integrado por las magistradas Karen Zarina Reyes Solís y Mara Abigail Rodríguez Ledezma, así como el magistrado Daniel Jáuregui Quintero.

Puesto que la demanda de Petrolíferos la Territorial se ventila en un Juzgado de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic, éste ya requirió a la PROFECO para que acate la suspensión provisional concedida y retire la mencionada lona.

* Esta información es publicada con autorización de su autor. Oscar Verdín Camacho publica sus notas en www.relatosnayarit.com

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