La responsabilidad de mantener en condiciones seguras los inmuebles, en cuanto a su estructura y que no represente un peligro es de los propietarios o administradores, aclaró el director del Centro INAH Nayarit, Othón Quiroga García, al ser cuestionado sobre el desplome de un templo católico en Ciudad Madero, Tamaulipas, que cobró la vida de más de una decena de feligreses.
“Todos los templos pueden ser intervenidos, restaurados o rehabilitados, todos los que sean monumentos históricos, siempre y cuando cuenten con la anuencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) o con la licencia otorgada por éste y se dará atención bajo la supervisión de la licencia y que los trabajos sean de acuerdo con la licencia que se emitió.
“Hay iglesias que no son monumentos históricos, por determinación de ley nos corresponden del siglo 16 al 19 que son los monumentos históricos, ahí sí nos corresponde a nosotros, pero si son posteriores al siglo 19, estamos hablando al siglo 20 esa ya no es competencia nuestra”.
En ese sentido, Quiroga García consideró prudente recordar que los propietarios, en este caso administradores del inmueble y el mantenimiento son ellos mismos. “Entonces es obligación de ellos darles mantenimiento a los mismos, en la Ley Federal, en el artículo sexto dice ahí en un apartado, está bien clarito y dice que los propietarios de los bienes inmuebles declarados monumentos históricos o artísticos deberán conservarlos y en su caso restaurarlos en los términos del artículo seis, previa autorización del instituto correspondiente o sea el INAH, es obligación de los propietarios o de los administradores el mantenimientos de los inmuebles”.