En mi colaboración anterior pretendí hacer una presentación general de la declaración “Dignitas infinita” recientemente publicada por el Dicasterio de la Doctrina de la Fe en el que reitera el fundamento ontológico-teológico de la dignidad humana con estas palabras: “Una dignidad infinita, que se fundamenta inalienablemente en su propio ser, le corresponde a cada persona humana, más allá de toda circunstancia y en cualquier estado o situación en que se encuentre”, así como hacer una breve exposición de ocho de las trece violaciones graves a la dignidad humana que enumera: el drama de la pobreza, la guerra, el trabajo de los emigrantes, la trata de personas, los abusos sexuales, la violencia contra las mujeres, el descarte de las personas con discapacidad y la violencia digital, las cuales consideré que se podrían incluir entre aquellas que ―como lo expresa la propia declaración― “serán fácilmente compartidas por distintos sectores de nuestras sociedades”, dejando para esta colaboración las cinco restantes [aborto, maternidad subrogada, eutanasia y suicidio asistido, teoría de género y cambio de sexo] por considerar que estas se pueden contar entre aquellas a las que la declaración se refiere diciendo que no serán tan fácilmente aceptadas.
Comenzar por el aborto, la eutanasia y el suicidio asistido no es algo arbitrario ya que, por un lado, han sido temas que han ocupado un sitio relevante en la denominada guerra cultural y, por otro, porque están relacionadas con el inicio y el final de la vida y muerte.
Pues bien, en un entorno en que la interrupción del embarazo va siendo visto crecientemente como un derecho humano de la mujer que ha de ser reconocido y garantizado y que va siendo integrado como tal en la legislación de diversos países, la “Dignitas infinita” lo incluye entre las violaciones graves a la dignidad humana y en el punto 7 en que se aborda el tema se pueden encontrar las expresiones más contundentes de todo el documento: “La Iglesia no cesa de recordar que «la dignidad de todo ser humano tiene un carácter intrínseco y vale desde el momento de su concepción hasta su muerte natural”; “entre todos los delitos que el hombre puede cometer contra la vida, el aborto procurado presenta características que lo hacen particularmente grave e ignominioso”; “el aborto procurado es la eliminación deliberada y directa, como quiera que se realice, de un ser humano en la fase inicial de su existencia, que va de la concepción al nacimiento”; “la sola razón es suficiente para reconocer el valor inviolable de cualquier vida humana, pero si además la miramos desde la fe, ‘toda violación de la dignidad personal del ser humano grita venganza delante de Dios y se configura como ofensa al Creador del hombre’.”
En cuanto a la eutanasia y el suicidio asistido, en la declaración encontramos ―entre otras― estas afirmaciones: “Está muy extendida la idea de que la eutanasia o el suicidio asistido son compatibles con el respeto a la dignidad de la persona humana. Frente a este hecho, hay que reafirmar con fuerza que el sufrimiento no hace perder al enfermo esa dignidad que le es intrínseca e inalienablemente propia”; “Ciertamente, la dignidad del enfermo, en condiciones críticas o terminales, exige que todos realicen los esfuerzos adecuados y necesarios para aliviar su sufrimiento mediante unos cuidados paliativos apropiados y evitando cualquier encarnizamiento terapéutico o intervención desproporcionada. […] Pero tal esfuerzo es totalmente distinto, diferente, incluso contrario a la decisión de eliminar la propia vida o la de los demás bajo el peso del sufrimiento. La vida humana, incluso en su condición dolorosa, es portadora de una dignidad que debe respetarse siempre, que no puede perderse y cuyo respeto permanece incondicional”; “La vida es un derecho, no la muerte, que debe ser acogida, no suministrada. Y este principio ético concierne a todos, no solo a los cristianos o a los creyentes”.
Mientras los debates acerca del aborto, la eutanasia y el suicidio asistido tienen ya una historia relativamente larga, la maternidad subrogada, la teoría de género y el cambio de sexo son temas que han llegado al ámbito de la discusión científica, filosófica, ética, jurídica y teológica en tiempos más recientes.
En relación con la maternidad subrogada, la declaración sostiene que se trata de una práctica que ofende gravemente la dignidad de la mujer y del niño: “La práctica de la maternidad subrogada viola, ante todo, la dignidad del niño. […]. Por tanto, el niño tiene derecho, en virtud de su dignidad inalienable, a tener un origen plenamente humano y no inducido artificialmente, y a recibir el don de una vida que manifieste, al mismo tiempo, la dignidad de quien la da y de quien la recibe”; “La práctica de la maternidad subrogada viola, al mismo tiempo, la dignidad de la propia mujer que o se ve obligada a ello o decide libremente someterse. Con esta práctica, la mujer se desvincula del hijo que crece en ella y se convierte en un mero medio al servicio del beneficio o del deseo arbitrario de otros”.
En cuanto al cambio de sexo, si bien lo incluye en el “catálogo” de violaciones graves de la dignidad humana y sostiene, con base en que el ser humano “está inseparablemente compuesto de cuerpo y alma [¡Aristóteles y Santo Tomás de Aquino “dixerunt”!], y el cuerpo es el lugar vivo donde se despliega y manifiesta la interioridad del alma, incluso a través de la red de relaciones humanas”, matiza un poco su postura al respecto cuando afirma: “toda operación de cambio de sexo, por regla general, corr[e] el riesgo de atentar contra la dignidad única que la persona ha recibido desde el momento de la concepción”.
He dejado para el final el tema de la teoría de género porque ―a diferencia de los doce restantes― no es una práctica específica sino algo que se mueve, por decirlo así, en el ámbito de las ideas.
En relación con este tema ―en el que se puede destacar ante todo que habla de teoría y no de ideología en el encabezado― la declaración recuerda “que la vida humana, en todos sus componentes, físicos y espirituales, es un don de Dios, que debe ser acogido con gratitud y puesto al servicio del bien” y ratifica “el respeto de los derechos humanos, según la sencilla pero clara formulación contenida en la Declaración Universal de los Derechos Humanos”, pero rechaza la pretensión de la teoría de género de “negar la mayor diferencia posible entre los seres vivos: la diferencia sexual”, “de introducir nuevos derechos, no del todo compatibles respecto a los definidos originalmente y no siempre aceptables” y su pretensión “de imponerse como un pensamiento único que determine incluso la educación de los niños”.